En esta guía los profesionales de la arquitectura encontrarán información sobre la tributación y bonificaciones existentes para actuaciones de rehabilitación y sus ayudas económicas.
Pretexto. Fondos Next Generation
El 5 de octubre se publicó el Real Decreto-ley 19/2021 de 5 de octubre de medidas urgentes para impulsar la rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Todo ello con el objetivo de mejorar la eficiencia del anticuado parque de viviendas de España, cuya calificación energética se sitúa entre las letras E, F o G en más del 81,0% de los edificios existentes.
“Next Generation EU” permitirá a España realizar una inversión muy elevada en este campo, ya que recibirá en torno a 140.000 millones de euros. El plan de la vivienda cuenta con una partida de 6.820 millones de euros para conseguir impulsar la rehabilitación del parque edificado en España e incrementar el parque de vivienda en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
Aspectos Fiscales para la rehabilitación
Las actividades de rehabilitación están afectadas por varios impuestos y en este caso existen posibles beneficios fiscales sobre los siguientes impuestos que puedes ayudar a impulsar el sector de la arquitectura. Existen 3 tipos de deducciones:
Deducción del 20%
- Deducción del 20% de las cantidades satisfechas desde el 06/10/21 al 31/12/22, de las obras realizadas en vivienda habitual, en una alquilada o en una que se encuentre en expectativa de alquiler -si se alquila antes del 31/12/2023- para reducir la demanda de calefacción y refrigeración.
- Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de, al menos, un 7%. Se necesita certificado expedido por técnico competente.
- Momento de deducirse: en el periodo impositivo en el que expida el certificado y siempre antes de 01/01/2023
- Base máxima de deducción: 5.00€/año
Deducción del 40%
- Deducción del 40% de las cantidades satisfechas, desde el 06/10/21 al 31/12/22, de las obras realizadas en vivienda habitual, en una alquilada o en una en expectativa de alquiler -si se alquila antes del 31/12/2023- para reducir el consumo de energía primaria no renovable:
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable de, al menos, un 30%, o se mejora la calificación energética para obtener una clase A o B. Se necesita certificado expedido por técnico competente.
- Momento de deducirse: en el periodo impositivo en el se expida el certificado y siempre antes de 01701/2023
- Base máxima de deducción: 7.500€/año
Deducción del 60%
- Deducción del 60% de las cantidades satisfechas, desde el 06/10/21 al 31/12/23, de las obras realizadas por propietarios de viviendas en edificios de uso predominantemente residencial para mejorar la eficiencia energética del edificio:
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable de, al menos, un 30%, o se mejore la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B. Se necesita certificado expedido por técnico competente.
- Momento de deducirse: en los ejercicios 2021, 2022 y 2023, en relación con las cantidades satisfechas en cada uno de ellos, siempre que se hubiera expedido el certificado -como máximo se habrá de obtener antes de 01/01/24.
- Base máxima de deducción: 5.000€/año. La base máxima acumulada de deducción no puede superar los 15.000€.
- Si se excede en un ejercicio la base máxima, se puede trasladar a los 4 ejercicios siguientes.
En este Real Decreto-ley también se regula la no integración en Base imponible de diferentes ayudas a la rehabilitación concedidas en varios programas:
- Real Decreto 691/2021 – Programa PREE 5000
- Real Decreto 737/2020 – Programa PREE
- Real Decreto 853/2021
Obras de rehabilitación de edificios
Deben cumplirse dos requisitos para determinar si una obra es de rehabilitación de edificios y tributan al tipo reducido del 10%:
- Requisito cualitativo: el objetivo principal debe ser la reconstrucción de la edificación, por lo que más del 50% del coste total del proyecto de rehabilitación se corresponda con obras de consolidación y tratamiento de la misma.
- Requisito cuantitativo: que el coste total de las obras o proyecto de rehabilitación exceda el 25% del precio de adquisición o del valor de mercado de la edificación antes de su rehabilitación con exclusión del valor del suelo.
Obras de renovación y reparación de viviendas
En esta se recogen las edificaciones en las que al menos el 50% de la superficie construida se destine a ducha utilización. Las obras de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos tributarán al tipo reducido del 10% cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el destinatario sea persona física o comunidad de propietarios (no actividad empresarial o profesional), y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular. También cuando el destinatario sea una comunidad de propietarios por las obras hechas en el edificio en el que se encentre la vivienda.
- Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de estas últimas.
- Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 40% de la base imponible de la operación.
En BROTA arquitectura queremos dar nueva vida a tus espacios y lo hacemos escuchándote, para conocer tu historia y tus sueños y darles forma en espacios sotenibles, saludables y confortables, que te hagan feliz y contribuyan a un futuro mejor para todos.